El divorcio se tramita ante los Tribunales de Familia y requiere patrocinio de abogado. El proceso varía según el tipo de divorcio (mutuo acuerdo, unilateral o por culpa) y según si hay hijos, bienes, compensación económica y/o si una de las partes está en el extranjero.
Clave práctica: la velocidad real del trámite depende, sobre todo, de (i) tipo de divorcio, (ii) cómo se acredita el cese de convivencia, y (iii) si la notificación a la otra parte es simple o compleja.
Fuentes: BCN · Ley 19.947
La lista exacta puede variar según tribunal, tipo de divorcio y situación (Chile/extranjero).
Trámites relacionados: ChileAtiende
Cuando existen hijos y/o materias que regular, el acuerdo suele abordar, según corresponda:
Referencia: BCN · Ley 19.947
El cese de convivencia se acredita con distintos medios, y el estándar puede depender de la fecha del matrimonio y de cómo se formalizó el cese. Un ejemplo frecuente es el Acta/Informe de Cese de Convivencia del Registro Civil; también existen escrituras públicas y otros instrumentos, según el caso.
Punto crítico: no basta “estar separados de hecho”; lo importante es poder probar desde cuándo y cómo se interrumpió la vida en común.
Trámite/Documento: ChileAtiende
En la práctica, un error frecuente es formalizar el cese y luego no gestionar correctamente la puesta en conocimiento del otro cónyuge, especialmente en escenarios unilaterales. En divorcio unilateral, los tribunales suelen revisar con mayor rigor que el otro cónyuge haya sido informado conforme a derecho.
Si la notificación es deficiente, el trámite puede retrasarse o generar observaciones.
Referencia general: PJUD
Los plazos varían por tribunal, carga de causas y complejidad de notificación. Promesas tipo “15 días” pueden ocurrir en escenarios muy acotados, pero no son un estándar general aplicable a todos los casos.
Los costos varían según complejidad, ciudad/estudio jurídico, si es mutuo acuerdo o contencioso, y si hay notificación en el extranjero. En el mercado se observan precios muy dispares (desde ofertas económicas hasta honorarios altos en casos complejos).
Para una cifra realista, lo serio es estimar el costo después de revisar: tipo de divorcio, prueba de cese, hijos, bienes y notificación.
Sí. El divorcio se tramita ante Tribunal de Familia y requiere patrocinio de abogado.
Referencia: BCN
Sí, es posible iniciar y tramitar divorcio en Chile residiendo fuera. En muchos casos se puede avanzar a distancia con coordinación de documentos, firmas, poderes y estrategia procesal. La necesidad de viajar depende del tipo de divorcio, la prueba disponible y si existe o no acuerdo.
Lo que suele complicar más: la notificación internacional y la obtención/validación de documentos.
En muchos escenarios, sí es posible. Pero normalmente exige preparar muy bien la notificación (y la búsqueda de domicilio si corresponde) para evitar demoras, observaciones o intentos fallidos de notificación.
El divorcio en Chile se regula principalmente por la Ley 19.947 (Nueva Ley de Matrimonio Civil). Esta contempla, entre otras, el divorcio de común acuerdo (con cese por 1 año), el unilateral (con cese por 3 años) y el divorcio por culpa (sin plazo mínimo, pero con prueba de causal).
Texto legal: Ley 19.947
La “Nueva Ley de Matrimonio Civil” corresponde a la Ley 19.947 (publicada en 2004). Desde su entrada en vigencia, Chile contempla el divorcio vincular como forma de término del matrimonio.
Fuente: Ley 19.947
Las cifras varían según fuente y año, y suelen publicarse como estadísticas anuales. Por eso, conviene usarlas solo como referencia general y no como regla aplicable a un caso individual.
Una alternativa es solicitar orientación y asesoría jurídica gratuita a través de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), según requisitos y disponibilidad.
Guía de atención: ChileAtiende


